PLAN RENHATA 2017 : Honorarios Técnico Colaborador 2


 

"<yoastmark

Plan Renhata 2017 : Honorarios Técnico Colaborador

Qué es el Plan Renhata

Es un plan de ayudas para subvencionar las obras destinadas a la mejora de las condiciones de habitabilidad en el interior de las viviendas.

Tipos de obras cuentan con ayudas

Reforma de cuartos húmedos de la vivienda.

  • Reforma de los cuartos húmedos (cocinas y baños), con el fin de adecuarlos a las condiciones actuales de habitabilidad, incluyendo, si es necesario, la adaptación de las instalaciones a la normativa vigente.

Mejora de la accesibilidad de la vivienda.

  • Reforma de la vivienda para adaptarla a personas con diversidad funcional.

Gastos con objeto de financiación

El coste de las obras, los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, siempre que todos ellos estén debidamente justificados. Se podrá incluir todo lo considerado como obra civil, es decir tabiquería, revestimientos, sanitarios, grifería, muebles de cocina e instalaciones. No se incluirán electrodomésticos ni tampoco encimera, horno y extractor de humos.

Requisitos que deben cumplir los edificios

La inscripción del contrato en el Registro de la Propiedad no es obligatoria, pero proporciona seguridad jurídica.

  1. El edificio debe ser anterior al año 1996. No será necesario cumplir esta condición en el caso de actuaciones de adaptación de la vivienda para personas con diversidad funcional.
  2. Ser la vivienda habitual y permanente de su propietario, inquilino o usufructuario

Quién puede solicitar las ayudas

Cualquier persona física propietaria, usufructuaria o arrendataria de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana.

Presupuesto protegible máximo

El presupuesto protegible de la actuación de rehabilitación no será inferior a 2.000 euros ni superior a 12.000 euros, con independencia del presupuesto real de las obras que puede ser mayor.

Cuánto ascienden las ayudas

A cargo de la Generalitat Valenciana

Las subvenciones, con cargo a los fondos de la Generalitat Valenciana, serán del 35 por 100 del presupuesto protegible, hasta un máximo de 4.200 euros por vivienda

Cómo se tramitan las solicitudes de ayudas

El procedimiento de tramitación será telemático. La solicitud será presentada telemáticamente por un técnico colaborador en la tramitación de las ayudas, elegido por el solicitante entre los que estén adheridos a la correspondiente convocatoria para la tramitación de las ayudas de mejora de la habitabilidad de las viviendas.

El alta como técnico colaborador se realizará asimismo telemáticamente, de acuerdo con el contenido del impreso normalizado de Inscripción de Técnico colaborador para la tramitación de las ayudas.

Documentación que debe aportarse

El solicitante de las ayudas deberá facilitar al técnico colaborador en la tramitación de las ayudas, para su presentación telemática e incorporación al expediente, la siguiente documentación que deberá aportarse junto con la solicitud:

  • Solicitud de las ayudas debidamente firmada por el solicitante, según impreso normalizado, indicando si es propietario, usufructuario o arrendatario.
  • Fotografías de las partes de la vivienda a reformar objeto de ayuda antes de la actuación.
  • Documento que acredite la titularidad de la vivienda, como Nota simple del Registro de la Propiedad, escritura pública de compraventa, escritura de partición de herencia, u otros.
  • Presupuesto detallado de las obras desglosado por unidades de obra, con mediciones y aplicación de precios.
  • Plano esquemático de la actuación a realizar.
  • Impreso de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta bancaria del solicitante en la que se realizará el ingreso de las ayudas.

Plazo que se dispone para solicitar las ayudas

El plazo para la presentación de solicitudes de ayuda se inicia el día quince de marzo de 2017 y finaliza el día 15 de mayo de 2017;
Dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Es importante tener en cuenta que…

  • Las obras deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2017.
  • Las obras deberán estar finalizadas antes del 15 de octubre de 2017.
  • En el plazo de un mes desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la web de la Conselleria el listado completo de las solicitudes presentadas, indicando aquéllas que están completas, las incompletas, señalando la documentación que falta por aportar o subsanar, y las no admitidas a trámite.

Forma de adjudicación y criterios de baremación

La forma de adjudicación de las ayudas es por concurrencia competitiva. Para determinar el orden de adjudicación de las solicitudes éstas se valorarán de acuerdo con las siguientes puntuaciones:

  1. Antigüedad de la vivienda:
    • Viviendas de antigüedad igual o superior a 50 años: 5 puntos.
    • Viviendas de antigüedad superior a 30 años e inferior a 50: 3 puntos.
    • Viviendas de antigüedad igual o inferior a 30 años: 1 punto.
  2. En función de la calidad constructiva según la categoría catastral de la vivienda:
    • En viviendas con categoría constructiva catastral 7, 8, o 9: 7 puntos.
    • En viviendas con categoría constructiva catastral 6: 5 puntos.
    • En viviendas con categoría constructiva catastral 5: 3 puntos.
    • En viviendas con categoría constructiva catastral 4: 2 puntos.
    • En viviendas con categoría constructiva catastral 1, 2, o 3: 1 punto.
  3.  En función del grado de discapacidad de la persona ocupante de la vivienda:
    • Grado de diversidad funcional igual o inferior al 33 por 100: 1 punto.
    • Grado de diversidad funcional superior al 33 e inferior al 65 por 100: 3 puntos.
    • Grado de diversidad funcional igual o superior al 65 por 100: 7 puntos.

Una vez baremadas todas las solicitudes admitidas se procederá a la concesión de las ayudas siguiendo el orden establecido anteriormente, hasta agotar el presupuesto total destinado a estas ayudas que es de 3.000.000 de euros.

Solicitud de calificación definitiva y abono de las ayudas

El procedimiento de tramitación también será telemático. La solicitud será presentada telemáticamente por los técnicos colaboradores, adheridos a la correspondiente convocatoria para la tramitación de las ayudas de mejora de la habitabilidad de las viviendas.

Terminadas las obras y antes del 1 de noviembre de 2017 el solicitante de las ayudas deberá facilitar al técnico colaborador en la tramitación de las ayudas, para su presentación telemática e incorporación al expediente, la siguiente documentación que deberá aportarse junto con la solicitud de calificación definitiva y abono de las ayudas:

  • Licencias o autorizaciones municipales que sean precisas para la realización de las obras de rehabilitación.
  • Facturas acreditativas del gasto o inversión realizada, a nombre del solicitante de las ayudas y acompañando el documento bancario que acredite que el abono de la factura se ha efectuado a través de una entidad financiera y no mediante pago en metálico.
  • Testimonio fotográfico de la actuación realizada.

 

http://www.habitatge.gva.es/web/vivienda-y-calidad-en-la-edificacion/ayudas-plan-renhata

Honorarios Técnico colaborador

Los Honorarios por la tramitación descrita en apartados anteriores seria desde 166 € (IVA no incluido)


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

2 ideas sobre “PLAN RENHATA 2017 : Honorarios Técnico Colaborador